La Fiscalía puso en suspenso la citación al líder cívico cruceño Rómulo Calvo, en el proceso por sedición que se desarrolla en La Paz, hasta que se resuelva un recurso de excepción de incompetencia que presentó la defensa.
“No se tiene ningún día y hora de declaración informativa, hasta que la autoridad jurisdiccional determine la excepción de incompetencia, la cual ha sido presentada el día de hoy”, dijo ayer la fiscal Nilda Calle. Explicó que mientras no se resuelva ese recurso, el Ministerio Público está inhibido de continuar con el caso. “Cuando el juez emita la resolución de declaratoria de competencia, vamos a tener nosotros ya la declaración informativa”, agregó.
Calvo fue convocado a declarar ayer, martes, en La Paz, por la denuncia de sedición interpuesta por el denominado Comité Impulsor del Juicio a los Golpistas, que acusa al cívico por los hechos del paro multisectorial.
El cívico cruceño debía presentarse en las instalaciones de la Fiscalía de la ciudad de La Paz; sin embargo, su abogado presentó una suspensión argumentando que tenía programada otra declaración en Santa Cruz, por lo que la toma de declaraciones fue postergada sin fecha, hasta que un juez resuelva la acción por la excepción de incompetencia.
“Ante una excepción de incompetencia, nosotros quedamos inhibidos a continuar (las investigaciones) hasta que el juez resuelva la misma”, explicó la coordinadora.
Calle detalló que la investigación se realiza a denuncia del coordinador general del Comité Impulsor del Juicio de Responsabilidades contra los Autores del Golpe de 2019, Aldo Michel, quien el 18 de noviembre presentó una denuncia contra Calvo por los presuntos delitos de sedición, conspiración, terrorismo y atentados contra la libertad del trabajo.
Asimismo, aclaró que la denuncia fue aceptada en la Sede de Gobierno, porque el Decreto Supremo (DS) 138/2009 así lo establece.
“La Fiscalía Departamental de La Paz ha recibido la causa en mérito al Decreto Supremo 138 del 20 de mayo de 2009”, afirmó.
“Queda consolidada la ciudad de La Paz como ámbito de jurisdicción procesal para el juzgamiento de los delitos de Terrorismo, Sedición o Alzamientos Armados contra la Seguridad y Soberanía del Estado, siendo esta ciudad la Sede de Gobierno legalmente constituida donde se encuentran las principales instituciones del Estado Plurinacional de Bolivia”, se lee en el artículo 2 del DS 138/2009.
En tanto, el abogado de Calvo, Jorge Valda, manifestó que la fiscal de La Paz no es competente para investigar los hechos que se desarrollaron en Santa Cruz, puesto que no corresponden a su jurisdicción.
La fiscal sostuvo que el caso está en La Paz, debido a un Decreto emitido durante el gobierno de Evo Morales, el cual establece que los delitos como de sedición deben desarrollarse en la sede de Gobierno.
Valda denunció que este proceso y el hecho de que se desarrolle en La Paz es parte de una represalia por las movilizaciones que posibilitaron la abrogación de la ley 1386.